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Madrid, 13/3/2020.

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

La mercantil GRENA INVEST S.L, con C.I.F. B-86876687 y domicilio en Avda. de Tenerife nº 18-3- bajo 12, San Sebastián de los Reyes (Madrid), código postal 28703 según consta en la escritura de constitución de la sociedad, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 31681, Folio 41, Sección 8, Hoja M-570056, Inscripción 1ª, que en adelante actuará como Empresa.

Y de otra parte, D/ Dª Oscar Cartaya mayor de edad, con DNI Y-232325362Y y domicilio en Calle Mercurio, CP 28918, correo electrónico oscar_c23@hotmail.com, que en adelante actuará en calidad de Cliente.

CAPACIDAD

Las partes se reconocen capacidad legal para contratar y obligarse por medio del presente Contrato de arrendamiento de servicios, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que la Empresa es una entidad cuya actividad principal es la gestión relacionada con la compra y venta de vehículos a través de la plataforma cochesparticulares.es, siendo los servicios que engloba la gestión los siguientes:

    1. Anuncio del vehículo en el perfil profesional de la empresa en los siguientes portales o plataformas de España: coches.net, autocasion.com, autoscout24.es, milanuncios.com y wallapop.com. Así como también en las siguientes redes sociales de la empresa: Facebook, Instagram, Twitter.
    2. Gestión comercial y operativa del anuncio del vehículo (llamadas, comunicaciones, ofertas, negociaciones y dudas).
    3. Gestión operativa y económica de la emisión del informe oficial de la Dirección General de Tráfico, tanto al momento de alta del cliente como al producirse la venta del vehículo.
    4. Gastos operativos, de gestión y económicos de la gestoría en el proceso de venta del vehículo.
    5. Gastos de gestión y económicos para la contratación de una garantía de un año para el vehículo al momento de su venta, si el mismo no posee alguna vigente.
    6. Gestión logística facilitando un punto de encuentro para la prueba e inspección del vehículo entre los interesados.
    7. Gastos económicos para la limpieza y lavado integral del coche.
    8. Gastos económicos para la toma de fotos y vídeos profesionales al vehículo que se usarán en las publicaciones.

II. En virtud del presente contrato, la Empresa presta los servicios expuestos en el punto anterior, relacionados con la compra y venta del vehículo cuyas características se detallan a continuación:

Referenciado con la marca PORSCHE, modelo BOXSTER GTS, matrícula PE-45615945-J, número de bastidor 23242636001225, kilómetros 15000 y precio de 28000 euros a percibir por el Cliente.

Al precio de venta del vehículo convenido con el Cliente se le sumará una comisión de venta por parte de la Empresa de 1.500€ más el coste de la garantía que varía dependiendo de la cobertura.

III. El Cliente expresa ser el propietario del vehículo y/o estar facultado para autorizar la venta del mismo descrito en el presente contrato, por lo que acepta las condiciones y términos bajo los cuales se realizará la prestación del servicio que a continuación se detallarán.

IV. Que ambas partes están interesadas en el otorgamiento del presente Contrato de arrendamiento de servicios, que será regulado con arreglo a las siguientes:

ESTIPULACIONES

PRIMERA. – OBJETO

Que la Empresa recibe la aceptación de las condiciones por parte del Cliente para la prestación de servicios de gestiones relacionadas con la compra y venta de su vehículo expuestos en la manifestación anterior.

SEGUNDA. – OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Desde la aceptación de las condiciones del servicio la Empresa se obliga a:

  1. Prestar los servicios detallados en el hecho primero del manifiesto.
  2. Anunciar, ofrecer y negociar la venta del vehículo mencionado en el hecho segundo del manifiesto cuyo precio a percibir por el Cliente esté dentro del precio estipulado.
  3. Notificar las ofertas recibidas con verdadera intención de compra que corresponda al precio a percibir acordado con el Cliente.
  4. Notificar cuando un interesado da una señal económica a la Empresa en aras de la compra del vehículo del Cliente.


TERCERA. - OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

Desde la aceptación de las condiciones del servicio el Cliente se obliga a:

  1. Suministrar y aportar información veraz y correcta del vehículo, debiendo comunicar a la Empresa cualquier incidencia, accidente y fallos mecánicos de los que haya acaecido el vehículo durante la vigencia del presente Contrato. Comunicar las condiciones generales del vehículo para que conste el estado en que se encuentra seguidamente a la firma de este contrato, mencionando también los elementos añadidos que disponga el vehículo al margen de la fabricación de serie (extras) en el caso que los hubiere. Deberá disponer y aportar de la documentación en regla del propietario del vehículo.
  2. Atender y dar respuesta a las comunicaciones que reciba por parte de la Empresa, en aras de solicitar más información sobre el vehículo, y así como también sobre las ofertas realizadas por algún interesado.
  3. Permitir a la Empresa supervisar y verificar que los datos del vehículo son correctos y la toma de nuevas fotografías al vehículo en el caso de necesitarse con la finalidad de hacer más atractiva la oferta.
  4. Acceder a la venta del vehículo cuando se produzca una oferta realizada si y sólo si el precio a percibir por el Cliente está dentro del precio acordado con la Empresa. En el caso de que el Cliente quiera aceptar o proponer un precio a percibir menor en aras de la agilización de la venta, debe comunicarlo por escrito.
  5. Formalizar la venta del vehículo cuando el Cliente haya aprobado y autorizado la misma, y cuando el interesado haya dado una señal económica a la Empresa.
  6. Eliminar publicaciones, fotografías e información del vehículo, a título personal, para su venta en cualquier plataforma en el caso de que las hubiere, así como también, queda obligado el Cliente a no contratar alguna prestación de servicios con otra entidad con el mismo objetivo.
  7. Manifestar que el vehículo esta libre de carga o gravamen para que la empresa pueda realizar la venta.
  8. Asumir los perjuicios económicos que pudiera ocasionar a la Empresa el incumplimiento de las obligaciones aquí estipuladas.


CUARTA. – PRECIO DE VENTA DEL VEHÍCULO

El precio de venta del vehículo siempre va a ser definido por Cliente, pero la Empresa dará recomendaciones con respecto al precio del mercado. Recomendaciones que constituyen un equilibrio entre el máximo beneficio al cliente en relación al precio de mercado. Para acordar el precio de venta del vehículo, existen los siguientes casos y consecuencias en el servicio:

1. El Cliente acepta la recomendación del precio de venta de la Empresa: si el Cliente acepta la recomendación de la Empresa y el vehículo no se logra vender durante el ciclo de la prestación de servicios iniciado al momento del pago del mismo, la Empresa se compromete a seguir prestando el servicio durante un (1) ciclo más de forma gratuita, si y solo si el Cliente acepta una nueva recomendación de precios a la baja. Si el vehículo se vende después del primer ciclo de prestación de servicios, la Empresa no reintegrará el importe que haya abonado el Cliente hasta la fecha en la comisión final de venta adquirida por la Empresa.

2. El Cliente no acepta la recomendación de precio de venta de la Empresa: si el Cliente no acepta la recomendación de la Empresa y el vehículo no se logra vender durante el ciclo de la prestación de servicios iniciado al momento del pago del mismo, el Cliente puede rescindir del contrato o en su defecto renovarlo y abonar el importe correspondiente para la contratación de un nuevo ciclo de prestación de servicios. Si el vehículo se vende después del primer ciclo de prestación de servicios, la Empresa no reintegrará el importe abonado por el Cliente hasta la fecha en la comisión final de venta adquirida por la Empresa.

Para ambos casos, si el vehículo se logra vender en el primer ciclo de prestación de servicios, la Empresa descontará de la comisión final de venta el importe que el Cliente haya abonado hasta la fecha.


QUINTA. – PRECIO Y DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Para garantizar el buen funcionamiento del servicio y dado el conocimiento de la Empresa en los procesos y tiempos en que una venta de un vehículo se lleva a cabo, la prestación de servicios se realizarán en ciclos. Cada ciclo tendrá una duración de 3 meses o hasta que el vehículo pueda venderse (lo que ocurra primero), dando comienzo a cada ciclo desde el pago del mismo y la firma del presente contrato. No obstante, las partes, en caso de que no se haya hecho efectiva la venta del vehículo transcurrido el ciclo correspondiente, podrán rescindir el contrato.

Si las partes no se pronuncian al respecto después del término de un ciclo, el presente contrato y por tanto la prestación del servicio se ampliará por 3 meses más con previa aprobación del Cliente. Dependiendo el caso especificado en la estipulación cuarta, se podría emitir la factura correspondiente por la continuidad de la prestación de servicios o se seguirá prestando el mismo de forma gratuita.

El precio de cada ciclo de prestación de servicios, es de de 300€ + IVA, pudiendo éste descontarse de la comisión de venta del vehículo al producirse dicha venta en el primer ciclo contratado.

La solicitud de baja del servicio, también trae como consecuencia la finalización de la prestación del mismo por parte de la Empresa.


SEXTA. – TÉRMINO ANTICIPADO/EXTINCIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO

El acuerdo quedará extinguido y sin efectos cuando se produzca lo siguiente:

1. La formalización del contrato de compra y venta del vehículo entre el Cliente y la Empresa.

2. Concluya formalmente el ciclo de la prestación de servicios y dichas partes no convengan ampliarlo.

3. El Cliente rescinda del contrato de forma unilateral.

4. La Empresa rescinda del contrato de forma unilateral.

La rescisión del contrato por parte del Cliente podrá realizarla con previo aviso de 30 días naturales solicitando la baja formalmente. No obstante, para el caso en el que el Cliente incumpla sus obligaciones y resuelva unilateralmente este contrato, deberá asumir la penalización correspondiente.

La Empresa puede rescindir este contrato de forma unilateral antes de su fecha de expiración sin penalización ni responsabilidad, librando al cliente de cualquier penalización de índole legal y económica siempre y cuando, cumpla con sus obligaciones.

Por cualquiera de las razones señaladas, el término de contrato se hará efectivo inmediatamente después de la recepción de la notificación enviada fehacientemente, enviada por la parte que le pone término al presente contrato.


SÉPTIMA. – CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

Ambas partes se comprometen a mantener la confidencialidad de cualquier información a la que puedan tener acceso como consecuencia del presente contrato, observando todas las previsiones legales existentes al efecto, así como a custodiar todos los documentos, que tuvieran que suministrarse con motivo de su relación contractual.

La Empresa asume el estricto cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (en lo sucesivo, la LOPDGDD).

Consecuentemente a lo anterior y a los efectos de la mencionada Ley Orgánica, la Empresa, como prestataria del servicio de la Plataforma, ostenta la condición de Responsable del tratamiento, comprometiéndose a las obligaciones con él inherentes.

El Cliente podrá ejercitar sus derechos digitales de la LOPDGDD, notificándolo por escrito a la Empresa en los términos de la Ley Orgánica.


OCTAVA
. – PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO

El Cliente asumirá las penalizaciones correspondientes inherentes al incumplimiento de las obligaciones estipuladas. La Empresa se reserva el derecho de ejecutar las acciones legales pertinentes de acuerdo sea el caso si al momento de aplicar la penalización adecuada el Cliente no la cumpliese.

Las penalizaciones se ejecutarán cuando el cliente no cumpla con sus obligaciones y siendo las penalizaciones asociadas las siguientes:

Obligación del cliente Penalización asociada
1); 2); 3); 4); 6)

Posible rescisión del contrato por parte de la Empresa.
5) Penalización que especifique el contrato de compra venta y el contrato de señal económica.
7) No se publicará el vehículo hasta que no se muestre una constancia de pago de la carga o gravamen.
8) Consecuencias legales


NOVENA. – LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Las partes se comprometen a cumplir el presente contrato de buena fe, resolviendo por medio de negociaciones y acuerdos amistosos cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas respecto de la aplicación, desarrollo, cumplimiento e interpretación y ejecución del mismo.

Cualquier controversia que se pudiese generar entre ambas partes se resolverá de acuerdo a la legislación española vigente y se someterá a los Tribunales de Justicia de Madrid.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Contrato en duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Please sign using a stylus, your mouse, or your finger below to authorize this contract. By electronically signing this document, you agree to the terms established above. After the document is signed, you can proceed to print it.